La campaña del IRPF arranca en abril de 2026 y llega con cambios en la tributación del ahorro, deducciones por eficiencia energética y nuevas obligaciones para algunos contribuyentes.
12.03.2026.- La campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2025 comenzará el próximo 8 de abril de 2026 y se prolongará hasta el 30 de junio de 2026. Durante este periodo, millones de contribuyentes deberán revisar sus datos fiscales y presentar su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) ante la Agencia Tributaria.
Como cada año, la campaña llega con ajustes normativos, novedades fiscales y cambios en determinadas deducciones, por lo que conviene revisar con detalle cada caso antes de confirmar el borrador.
Desde Gestoría Quintanilla, recordamos que una correcta planificación fiscal y la revisión profesional de la declaración pueden ayudar a optimizar el resultado y evitar errores que, en algunos casos, pueden derivar en sanciones o pagos innecesarios.
Calendario de la campaña de la Renta 2025
La Agencia Tributaria establece diferentes fechas según el canal elegido para presentar la declaración.
Las fechas más relevantes son:
- 8 de abril de 2026: inicio de la presentación por Internet a través de la web de la Agencia Tributaria.
- 6 de mayo de 2026: comienzo de la presentación telefónica mediante el servicio “Le llamamos”.
- 1 de junio de 2026: inicio de la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.
- 30 de junio de 2026: finalización de la campaña de la Renta 2025.
Como en años anteriores, los contribuyentes podrán acceder a su borrador y a sus datos fiscales utilizando certificado digital, sistema Cl@ve o número de referencia.
Principales novedades en la Declaración de la Renta 2025
La campaña de este año incorpora algunos cambios relevantes que pueden afectar al resultado final de la declaración.
Cambios en la tributación de las rentas del ahorro
Uno de los ajustes más destacados afecta a las rentas del ahorro, como intereses bancarios, dividendos o ganancias patrimoniales.
El tipo máximo aplicable a los importes más elevados aumenta, de forma que las ganancias superiores a 300.000 euros tributarán hasta el 30%, incrementándose el gravamen respecto a ejercicios anteriores.
Deducciones por eficiencia energética en la vivienda
Se mantienen las deducciones fiscales destinadas a fomentar la rehabilitación energética de viviendas.
Las obras realizadas para mejorar la eficiencia energética pueden permitir deducciones de entre el 40% y el 60% de los importes invertidos, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se disponga de la certificación energética correspondiente.
Estas deducciones siguen siendo especialmente relevantes para quienes hayan realizado reformas en su vivienda habitual durante 2025.
Nuevas casillas en el modelo de declaración
La Agencia Tributaria ha incorporado nuevas casillas en el modelo de declaración para adaptar el sistema a recientes cambios legislativos y mejorar el control de determinados rendimientos.
Entre otros aspectos, se refuerza el control sobre determinados productos financieros, ganancias patrimoniales o rendimientos irregulares, así como la información procedente de plataformas digitales.
Ajustes en determinadas deducciones y ayudas
Algunas ayudas públicas mantienen su tratamiento fiscal específico o exención, especialmente aquellas vinculadas a situaciones extraordinarias o a programas de apoyo público.
Asimismo, se mantienen deducciones destinadas a familias, contribuyentes con ingresos reducidos o determinadas circunstancias personales, que deberán analizarse caso por caso.
Quién está obligado a presentar la declaración
No todos los contribuyentes están obligados a presentar la declaración de la Renta, aunque en muchos casos puede resultar conveniente hacerlo.
Con carácter general, deberán presentarla quienes hayan obtenido:
- Más de 22.000 euros anuales de un solo pagador.
- Más de 15.876 euros anuales cuando existan dos o más pagadores.
También deben presentar la declaración, con independencia de sus ingresos:
- Los trabajadores autónomos.
- Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.
- Los contribuyentes que hayan obtenido determinadas ganancias patrimoniales o rendimientos del capital.
La importancia de revisar el borrador
Aunque la Agencia Tributaria facilita un borrador de la declaración, este no siempre incluye toda la información necesaria o puede contener datos incompletos.
Es frecuente que el borrador no recoja correctamente determinadas deducciones autonómicas, situaciones familiares o gastos que pueden reducir la carga fiscal.
Por este motivo, revisar la declaración antes de confirmarla es fundamental para evitar errores y aprovechar todas las ventajas fiscales disponibles.
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Nuestro equipo analiza cada situación personal y fiscal para garantizar que la declaración se presente correctamente y que el contribuyente pague solo lo que realmente corresponde.
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