En este mes de septiembre, las empresas y particulares tienen varias obligaciones tributarias que deben cumplir ante la Agencia Tributaria
01.09.2024. – Septiembre es un mes cargado de obligaciones fiscales para empresas y particulares. Es crucial cumplir con estas fechas para evitar posibles sanciones y mantener la empresa en regla con la Agencia Tributaria. La asesoría fiscal y una planificación adecuada son esenciales para asegurar que todas las obligaciones se cumplan en tiempo y forma. A continuación, se detallan las fechas clave y las obligaciones correspondientes:
- Hasta el 12 de septiembre
INTRASTAT – Estadística de Comercio Intracomunitario:
– Agosto 2024: Esta obligación corresponde a aquellos que están obligados a suministrar información estadística relacionada con el comercio intracomunitario. Es fundamental para las empresas que realizan operaciones de importación o exportación dentro de la Unión Europea.
- Hasta el 20 de septiembre
Renta y Sociedades:
– Retenciones e ingresos a cuenta: Los contribuyentes deben presentar las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes a los rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales. También incluye las imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos y capital mobiliario.
– Agosto 2024 – Grandes empresas: Modelos a presentar: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230.
IVA:
– Julio y agosto 2024: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias mediante el modelo 349.
Impuesto sobre las Primas de Seguros:
– Julio y agosto 2024: Presentación del modelo 430.
Impuestos Especiales de Fabricación:
– Junio 2024 – Grandes empresas: Modelos a presentar: 561, 562, 563.
– Agosto 2024: Modelos a presentar: 548, 566, 581.
– Declaración de operaciones** por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: Modelo 510.
Impuesto Especial sobre la Electricidad:
– Agosto 2024 – Grandes empresas: Presentación del modelo 560.
Impuestos Medioambientales:
– Agosto 2024: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, mediante la autoliquidación con el modelo 592.
– Año 2024: Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Segundo pago fraccionado con el modelo 583.
Impuesto sobre las Transacciones Financieras:
– Agosto 2024: Presentación del modelo 604.
Gravamen temporal energético:
– Declaración del ingreso de la prestación 2024: Modelo 795.
Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito:
– Declaración del ingreso de la prestación 2024: Modelo 797.
- Hasta el 30 de septiembre
IVA:
– Año 2023: Solicitud de devolución del IVA soportado mediante los modelos 360 y 361.
– Agosto 2024: Presentación de la autoliquidación con el modelo 303.
– Agosto 2024: Grupo de entidades, presentación del modelo individual (322) y modelo agregado (353).
– Agosto 2024: Ventanilla única – Régimen de importación, presentación del modelo 369.
– Agosto 2024: Operaciones asimiladas a las importaciones, presentación del modelo 380.
– Primer trimestre 2024: Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas por las fuerzas armadas de los Estados miembros de la UE, mediante el modelo 381.
Impuestos Medioambientales:
– Julio y agosto 2024: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, presentación de la contabilidad y el libro registro de existencias.