A partir de abril, entra en vigor una reforma que revoluciona la jubilación activa. Ahora, será posible compatibilizar el cobro del salario y la pensión con un mínimo de 15 años cotizados, eliminando la necesidad de una carrera laboral completa. Este cambio, aprobado por el Consejo de Ministros, busca facilitar una transición progresiva hacia la jubilación, promoviendo incentivos económicos para quienes decidan retrasar su retiro.
Principales novedades de la jubilación activa
– Acceso más sencillo: Trabajadores del sector privado, incluidos asalariados y autónomos, podrán optar a esta modalidad con 15 años cotizados, en lugar de los 38 años exigidos anteriormente.
– Beneficios para mujeres: La medida favorece especialmente a las mujeres, cuyo historial laboral suele ser más corto debido a interrupciones profesionales.
– Compatibilidad salario-pensión: Al iniciar la jubilación activa, se podrá percibir el 45% de la pensión, porcentaje que aumenta progresivamente hasta alcanzar el 100% después de cinco años.
Bonificaciones e incentivos económicos
La reforma incluye bonificaciones atractivas para los trabajadores:
– Incremento porcentual en la pensión.
– Cheques únicos de entre 5.000 y 12.000 euros.
– Posibilidad de combinar ambos incentivos.
Además, los autónomos y asalariados en jubilación activa disfrutarán de reducciones significativas en sus cuotas, dejando de cotizar por contingencias comunes. Para los autónomos, estas contribuciones se limitan a la incapacidad temporal y accidentes de trabajo (4,5%) y la cotización solidaria (9% en 2025).
Cambios específicos para autónomos
Los autónomos que contraten a trabajadores indefinidos con al menos 18 meses de antigüedad podrán compatibilizar hasta el 75% de su pensión. Para cumplir los requisitos, no debe haber relación laboral previa en los dos años anteriores.
Impacto de la reforma
El Gobierno busca fomentar la prolongación de la vida laboral y reducir el gasto en pensiones:
– Disminución de jubilaciones anticipadas: Ahora representan el 29% de las altas, frente al 50% previo.
– Aumento de jubilaciones demoradas: Se han duplicado, llegando al 9%, con un notable protagonismo de los autónomos, que representan el 26,4% en jubilación activa, el doble que antes de la reforma.
Cambios en la jubilación parcial
A partir de abril, será posible acogerse a la jubilación parcial anticipada hasta tres años antes de la edad ordinaria, con una reducción de jornada inicial del 33%. Los requisitos incluyen:
– 33 años de cotización.
– 6 años de antigüedad en la empresa.
– Celebración de un contrato de relevo.
La reforma de la Seguridad Social también ha introducido novedades importantes para la jubilación parcial en el sector industrial, una modalidad ampliamente utilizada en esta actividad.
Nuevas obligaciones para empresas y trabajadores
– Cotización mínima del 80%: Tanto la empresa como el trabajador deberán cotizar por el 80% de la base de cotización que le correspondería al empleado jubilado si estuviera ocupando su puesto a tiempo completo.
– Condiciones para el contrato de relevo:
– Los relevistas que sustituyen al jubilado parcial deberán ser contratados de forma indefinida y a jornada completa.
– Estos contratos estarán protegidos, impidiendo su despido durante al menos dos años tras la jubilación completa del empleado relevado.
Objetivo de la reforma
Estas medidas buscan garantizar una transición laboral más estable, fomentando el empleo indefinido y protegiendo los derechos tanto de los trabajadores relevistas como de los jubilados parciales. Además, refuerzan la sostenibilidad del sistema al mantener una mayor base de cotización durante el período de jubilación parcial.
Este cambio supone una actualización importante para un sector en el que la jubilación parcial es una herramienta clave de renovación generacional y flexibilidad laboral.