Existen acciones al volante que te puede suponer sanciones de hasta 15.000 euros

 

Arrojar una colilla o basura es aparte de un comportamiento incívico está prohibido por la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial, Además de ser actos que podemos perjudicar a otros usuarios a través de accidentes incluso incendios provocados involuntariamente, las sanciones pueden llegar a los 15.000 euros

Ambas acciones descritas anteriormente no se nos deberían ocurrir a nadie con dos dedos de frente pero cierto es que algunos comportamientos de ello lo hemos visto o lo que es peor nosotros mismos lo hemos hecho.

No olvidemos que no solo nos jugamos una sanción económica elevada además podemos terminar cumpliendo pena de cárcel

La DGT lleva tiempo planteándose el hecho de sancionar por fumar mientras se conduce nuestra opinión es que mas pronto que tarde llegara a imponerse

El Artículo 12 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial explicita este comportamiento prohibido, tanto en sus puntos 2, como 4:

  1. Se prohíbe arrojar, depositar o abandonar sobre la vía objetos o materias que puedan entorpecer la libre circulación, parada o estacionamiento, hacerlos peligrosos o deteriorar aquélla o sus instalaciones, o producir en la misma o en sus inmediaciones efectos que modifiquen las condiciones apropiadas para circular, parar o estacionar.
  2. Se prohíbe arrojar a la vía o en sus inmediaciones cualquier objeto que pueda dar lugar a la producción de incendios o, en general, poner en peligro la seguridad vial.

¿Cuál es la multa por arrojar basura o colillas en la carretera?

La infracción es considerada grave según la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Si somos avistados por un agente, se nos multará al instante con 200 euros, y la detracción de cuatro puntos del carné de conducir. Aunque el importe económico podría reducirse por pronto pago, seguiremos perdiendo los cuatro puntos. No obstante, las sanciones no terminan aquí: ¿qué ocurre si arrojamos basura en una vía de titularidad estatal?

Las vías de titularidad estatal son autovías, autopistas y carreteras nacionales.

La Ley de Carreteras regula todo lo relacionado con la Red de Carreteras del Estado, ya sean vías de alta capacidad como autovías o autopistas, o carreteras convencionales. Esta ley afecta a casi 25.000 km de carreteras de nuestra geografía, estando el resto cedidas a las Comunidades Autónomas.

En esta ley, el Artículo 41.3, en su epígrafe f), considera como infracción grave:

  1. f) Colocar, verter, desaguar, arrojar o abandonar objetos, vehículos a motor o materiales de cualquier naturaleza en la explanación.

Carretera Convencional 01

En el Artículo 41.4, en su epígrafe b), considera como infracción leve:

  1. b) Colocar, verter, desaguar, arrojar o abandonar dentro de la franja de zona de dominio público exterior a la explanación, objetos, vehículos a motor o materiales de cualquier naturaleza.

Como se puede comprobar, arrojar cualquier objeto sobre una carretera de titularidad estatal o en sus márgenes, es una infracción grave y leve, respectivamente. En función del juicio de los agentes de la autoridad que hayan presenciado la infracción, el importe de la multa ascenderá a entre 300 y 3.000 euros en el caso de las infracciones leves, y a entre 3.001 y 15.000 euros en el caso de las infracciones graves. Arrojar una colilla encendida por la ventana del coche en plena carretera nacional no solo es incívico, te puede salir realmente caro.

Además, si se demuestra que tu colilla ha provocado un incendio, podrías acabar en prisión, con una pena de entre 3 y 6 años. No merece la pena.

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